En la OPINION N.°D000023-2025-OECE-DTN, publicada el 11 de agosto de 2025, se precisa que la interpretación y el desarrollo del alcance de los conceptos “funcionario” o “servidor público” es competencia del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
Las conclusiones de la citada opinión fueron las siguientes:
- De conformidad con lo establecido en el literal f) del numeral 25.1 del artículo 25 de la Ley y el artículo 56 del Reglamento, el oficial de compra es un funcionario o servidor de la dependencia encargada de las contrataciones.
- Corresponde aclarar que las actuaciones que un funcionario o servidor de la DEC realiza en calidad de “oficial de compra” se limitan a la fase de selección. Ahora bien, es posible que el funcionario o servidor de la DEC que participó de las actuaciones preparatorias en un proceso de contratación sea designado como oficial de compra en el marco del mismo proceso y, posteriormente, pueda también participar de la fase de ejecución contractual.
- La normativa de contrataciones públicas no ha definido un acto administrativo o un instrumento formal específico con el que se realiza la designación del oficial de compra. Compete a la Entidad, primero, identificar en su ROF u otros documentos de organización y/o gestión a la DEC, y una vez identificada a la DEC, dicha área deberá determinar internamente el instrumento de gestión o las actuaciones mediante las que realizará la designación del oficial de compra.
- En el marco del modelo de certificación previsto en el Reglamento de la Ley N° 30225 y su Anexo N° 02, quienes intervienen directamente en alguna de las fases de la contratación son profesionales y/o técnicos certificados, sin que se les sea exigible un nivel de certificación en particular. Por tanto, y puesto que la implementación del nuevo modelo de certificación previsto en el artículo 16 y en la Decimocuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 32069 se efectuará de manera progresiva, por ahora para ser designado como oficial de compra deberá contarse con la certificación sin tener en consideración el nivel de la certificación.
A continuación se puede encontrar y descargar dicha opinión:
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